21 de abril de 2020

Los españoles aceptan la suspensión de ‎su Libertad

España es un extraño país que históricamente ha colaborado con quienes lo invadían, ‎antes de que su pueblo acabara rebelándose con honor; un país inicialmente cobarde ‎cuyo pueblo siempre acaba mostrando bravura. Sin reflexionar, como siempre, España ‎acaba de abandonar la divisa de sus ancestros, a la que seguramente pronto regresará. ‎

Independientemente de la ideología, todos los regímenes políticos tienen como presunto objetivo ‎la protección de sus súbditos o ciudadanos de agresiones frente las cuales nadie puede ‎protegerse de forma individual. Sin embargo, los regímenes políticos pueden afirmar que, ‎en aras de garantizar tal protección, es necesario limitar las libertades de la ciudadanía, cosa ‎que algunos regímenes se creen obligados a hacer con más frecuencia que otros. ‎

El filósofo inglés Thomas Hobbes era capaz de admitir que el Estado llegara a cometer crímenes ‎con total de proteger a sus súbditos de los horrores de la guerra civil, de la que el propio ‎Hobbes había sido testigo. Rompiendo con la lógica de Thomas Hobbes, el filósofo francés ‎Montesquieu concibió los mecanismos de control necesarios ante la Raison d’Etat (la «razón ‎de Estado»). Con Montesquieu, todos los constructores de los regímenes modernos clasificaron ‎las libertades como el objetivo final de las democracias. ‎

En tiempos de epidemias mortíferas, algunos regímenes estimaron que era necesario limitar la ‎libertad de una parte de su ciudadanía, y hasta privarla de ella. Incluso se aceptaba que ‎las democracias pudiesen limitar, de manera excepcional, los derechos de las personas ‎contagiadas, o sospechosas de haberse contagiado, para proteger a las personas sanas. Ahora, ‎con la epidemia de Covid-19, se ha llegado a admitir que se limiten también las libertades de las ‎personas sanas, incluso confinando en sus domicilios a prácticamente toda la población. ‎

Esta nueva norma no fue objeto de un debate democrático. Los gobernantes decidieron ‎imponerla como un imperativo de emergencia y sus conciudadanos la han aceptado como un mal ‎menor. Con ello se ha aceptado un cambio temporal de régimen político ya que, en una ‎democracia, las decisiones políticas son legítimas sólo después de haber sido objeto de debate ‎en el seno de las asambleas que representan a la ciudadanía. Dejándose llevar por sus impulsos, ‎los mismos regímenes de excepción que hace poco prohibían el uso de la burka, ahora se dan a ‎la tarea de imponer elementos de protección de uso obligatorio y la incorporación a los smartphones de aplicaciones móviles para alertar a los usuarios de la cercanía de alguna persona ‎contagiada con el virus. ‎

No estamos hablando de una ficción apocalíptica sino de la realidad que estamos viviendo. Esta ‎‎“evolución” está basada únicamente en las afirmaciones de dos individuos. Según dicen ‎el profesor británico Neil Ferguson –en la Unión Europea y Reino Unido– y el profesor ‎estadounidense Anthony Fauci –en Estados Unidos–, la epidemia de Covid-19 matará al menos ‎‎55 millones de personas en todo el mundo. Actualmente se cuentan 170 000 decesos, o sea ‎‎300 veces menos que la hecatombe que predicen esos personajes. ‎

El miedo a las epidemias está inscrito en nosotros. Sabemos que en ciertas épocas, en ciertos ‎lugares, ciertas epidemias han acabado con civilizaciones. También sabemos que los progresos de ‎la medicina no nos protegen de nuevos virus, precisamente porque todavía no han sido ‎estudiados. ‎

Pero también sabemos que las peores epidemias causadas por virus –como la viruela– ‎no destruyeron civilizaciones. Los imperios precolombinos de América desaparecieron sólo ‎porque a los estragos causados por la viruela se unió la acción destructora de ‎los conquistadores europeos. Los diferentes tipos de peste, como las que provocaron la llamada «Plaga ‎de Justiniano» en el siglo VI y la epidemia de «peste negra» del siglo XIV, son enfermedades ‎bacterianas que pueden combatirse mediante la higiene y hoy podemos vencerlas con el uso de ‎antibióticos. ‎

Desde el inicio de las democracias modernas, Benjamin Franklin, uno de los ‎‎«Padres Fundadores» de Estados Unidos y «hermano» del filósofo francés Voltaire, planteó ‎que: ‎

«Quienes renuncian a la Libertad esencial para comprar un poco de Seguridad temporal, ‎no merecen la Libertad ni tampoco la Seguridad.» ‎
(“Those who would give up essential Liberty, to purchase a little temporary Safety, ‎deserve neither Liberty nor Safety”.
Por supuesto, esa máxima se aplica también a las epidemias. ‎

Hay que reconocer que el confinamiento generalizado de poblaciones sanas «por su propio bien» ‎es incompatible con el ideal democrático. No se trata aquí de lamentarse sobre ciertos ‎retrocesos de la democracia, decretados –por ejemplo– bajo la justificación de la lucha contra el ‎terrorismo, retrocesos que supuestamente sólo afectaban a una parte de la ciudadanía ‎sin aplicarse a otra parte de ella. Ahora se trata de comprobar que acabamos –al menos ‎de forma temporal– de poner fin a la democracia en muchos países a la vez. Es una decisión ‎que nos concierne a todos y nos encarcela a domicilio por tiempo indeterminado. ‎

Establecer una oposición –como está haciéndose actualmente– entre la actitud del “buen” ‎presidente español Pedro Sanchez, quien supuestamente protege la salud de sus ‎conciudadanos, y la del “malo”, el presidente estadounidense Donald Trump, quien da más ‎importancia a la economía, es sólo una cortina de humo. La triste realidad es que se acaba de ‎abandonar primero el uso de la Libertad, para abandonar después el ideal mismo de Libertad. ‎

Este cambio trascendental no es resultado de una crisis económica ni de una guerra. ‎La epidemia de Covid-19 ha sido mucho menos mortífera que muchas otras epidemias ‎anteriores. Entre 1968 y 1970, la gripe de Hong Kong segó más de un millón de vidas; en unos ‎‎40 años, el SIDA ha matado más de 32 millones de personas. Pero esos virus no modificaron ‎nada en el plano político. Es por consiguiente altamente probable que la actual reacción política ‎ante la epidemia de Covid-19 haya estado determinada por una evolución previa a la realidad ‎misma de la epidemia. ‎

El confinamiento generalizado de la población se ha justificado en los países que lo aplican como ‎una respuesta a la fragilidad del sistema hospitalario. Aunque es falso, ese argumento ‎quiere decir que valoramos más nuestra salud que nuestra Libertad, a pesar de que nuestros ‎ancestros siempre proclamaron que sus vidas eran menos importantes que su Libertad. ‎

Al suspender la democracia hasta nueva orden, los españoles han renunciado a seguir los pasos ‎de sus propios héroes. ‎

1 de septiembre de 2018

SJW’s "Guerreros de la Justicia Social"




Las RRSS (Facebook, Twitter, Youtube, Tumblr...) están llenas de SJW’s "Guerreros de la Justicia Social". Y quien son estos SJW, pues ni más ni menos que Progres reaccionarios, feministas de segunda ola y defensores de la corrección política que participan activamente tratando de solucionar las injusticias sociales que perciben en la sociedad moderna, organizando comunidades en línea para esparcir propaganda, discursos e inclusive condenas a quienes para ellos son transgresores de la justicia. La inmensa mayoría gente de clase media y media-alta, burgueses en una palabra, que expresan y promueven visiones socialmente progresistas y en favor del multiculturalismo y en el fondo son el estereotipo de persona irracional, moralista, sesgada y que se autoexalta.  Los defensores de la "justicia social", tanto afiliados a la izquierda como a la derecha del espectro político, suelen compartir rasgos de violencia, pretensiones de victimismo y demonización de sus oponentes dialécticos.
Otra definición que se puede dar de un Guerrero de la Justicia Social es la que se aplica a bloggers, activistas y comentaristas que realizan extensos y hostiles debates contra otros sobre temas acerca de la política de identidad, corrección política, injusticia social, racismo, feminismo y derechos de las mujeres, homosexualidad, igualdad para los discapacitados, defensa de los afroamericanos y respeto a los grupos minoritarios que son tratados de manera despectiva y deshumanizante. etc.  En todos los casos, la lucha no sale de internet o de las conversaciones con conocidos y, aunque profundamente defiendan estos temas, no los apoyan activamente, aparte buscan los argumentos fáciles y, si estás en contra o no opinas exactamente lo mismo, te llaman fascista y a otra cosa mariposa.
Convirtiendo el activismo de las luchas sociales en simples luchas carentes de ideología real, sin estrategia verdadera, sin objetivos fuertes y peor aún, derrotistas. El capitalismo es una máquina voraz de destruir todo lo que se le interpone y por supuesto, me refiero a lo que se le interpone de verdad. ¿Cómo se puede cambiar la sociedad cuando, a la más mínima ofensa, el mal llamado luchador, se retrae? La revolución no es una cena de gala. No se hace como una obra literaria, un dibujo o un bordado. No se logra con la misma elegancia, calma y delicadeza. Ni con la misma suavidad, amistad, cortesía, moderación y generosidad. La revolución es un levantamiento, un acto de violencia en el que una clase invalida a la otra.
A diferencia de quien realmente se encuentra dentro de la web defendiendo la justicia social, el estereotipo de un SJW es aquel que utiliza una retórica demasiado entusiasta apelando a emociones por sobre la lógica y la  razón y a estadísticas poco confiables. Personalmente, creo que lo peor de los SJW es su hipocresía y la falta de respeto que muestran hacia las personas que realmente defienden aquello que un Social Justice Warrior dice que defiende. Obviamente, estos temas son cosas que se pueden y se deben defender pero el problema es cuando no se realiza de una forma personal y se hace con la finalidad de que la gente vea que te preocupas por los demás y por ello pides en tu muro de Facebook likes para salvar a los niños desnutridos en vez de ir a donar comida o dinero a una ONG, porque no, los likes no alimentan.
Al fin y al cabo, un SJW, es aquella persona que sube una foto pidiendo la muerte de un maltratador de animales y, a continuación, sube una foto a favor del Eid al Adha o Aid al-Adha, felicitando a la comunidad musulmana. Otra de las características típicas de los SJW es que se ofenden mucho y muy rápidamente y si es así te lo hacen saber o que se ofendan al escuchar comentarios o situaciones con un tono humorístico, sin darse cuenta de que no deja de ser humor y que, aquello que se dice, no es realmente lo que se piensa o se defiende.
Los SJW luchan con distintos fines, los más comunes son el feminismo de segunda ola, la igualdad y el respeto, la protección animal, la paz y el cuidado del medio ambiente. Según algunas investigaciones, se considera que este tipo de personas hacen uso de ciertas herramientas y formas para lograr su objetivo, tales como:
- Hacer callar a través del discurso a quienes no comparten sus puntos de vista o castigando a quienes consideran como un delincuente de acuerdo a lo que ha expresado.
- Creer que el consenso es más importante que la objetividad. Esto se debe a que se considera que el consenso se puede llevar adelante a través de la narrativa de los hechos culturales o ideas que poseen una población específica. Y de este modo se puede fabricar controlando esta narrativa a través de la dominación de los medios y eliminando el discurso que van en contra de lo que se debería creer. Así las creencias se pueden sostener aún en contra de todo pensamiento científico probado y de toda razón fundamental básica.
- El mensajero es más importante que el mensaje.
- Exagerar frente a lo que consideran el valor de la igualdad
- No participar en debates abiertos.
Asimismo se considera que en realidad muchos de sus argumentos son tomados de otros bloggers más populares o de un comentarista del momento, y así hacerse más populares a cambio. Además de no creer realmente en lo que dicen ni preocuparse por los grupos que defienden, sino utilizar todo eso para aumentar su reputación personal o su propio ego.
Su plataforma favorita para manifestarse es Tumblr y últimamente Twitter o Facebook.

15 de junio de 2016

¡Menos de 2 años no se cumplen! Suspensión de penas de prisión

A la pregunta de si nos ponen una pena de prisión de 1 año y no tengo antecedentes ¿podemos ir a la carcel? La respuesta es sí.

Puedes entrar en la cárcel con una pena de prisión de dos años o menos, incluso sin antecedentes

El Código Penal no prevé la obligatoriedad de sustituir una pena de prisión por, por ejemplo, una de multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
Lo hemos oído un millón de veces: “¡Si la pena es menor de dos años no se cumple!”.
Incluso, quien afirma lo anterior suele hacerlo de modo tajante, con el tono de quien habla ex cathedra porque está absolutamente seguro de lo que dice. Estas personas suelen estar en el grave error de no darse cuenta de la importancia de contar con los servicios de un experto abogado penalista.
Bien, para estas personas y para todos aquellos interesados por la materia, una serie de puntualizaciones:

1.- La tarjeta que le libra de la cárcel sólo existe en el Monopoly. Piénselo detenidamente. Si lo que usted ha escuchado en una tertulia de café fuera cierto y las condenas de menos de 2 años no se cumplen ¿por qué iba la Administración de Justicia a gastar recursos que ya son bastante limitados en un proceso judicial sin sentido porque llegado el caso, el condenado hará uso del comodín para evitar la cárcel?
2.- Aun siendo cierto que las penas inferiores a dos años pueden ser suspendidas (atención, aquí la palabra mágica es “pueden”), lo cierto es que para que esa suspensión se conceda tienen que darse, a su vez, tres requisitos, a saber:

·         Que el condenado haya delinquido por primera vez 
– ¿Y los antecedentes penales que sean cancelables cuentan?
– No, no cuentan (ni los correspondientes a condenas por delitos leves), pero tampoco ayudan. Recordemos que, al final se trata de una suspensión que el Juez puede conceder (o no), de modo que si lo primero que sabe de nosotros cuando pedimos la suspensión es que no es nuestra primera vez ante la Justicia, esto puede pasarnos factura. Sería muy conveniente cancelar esos antecedentes antes de llegar al momento de pedir la suspensión.
-Tampoco se tendrán en cuenta los antecedentes por delitos que por su naturaleza o circunstancias no sean relevantes para la valoración del riesgo de comisión de nuevos delitos, (pero una vez más, tener antecedentes de este tipo tampoco ayudará a la concesión de la suspensión)
·         Que la pena impuesta (o la suma de todas si son varias) no superen los 2 años. Esto, en general, sí se lo sabe casi todo el mundo.

·         Que se haya abonado el total de la responsabilidad civil   (indemnización al perjudicado por el delito), o se haya asumido por el penado un compromiso de abono de dichas cantidades, “de acuerdo a su capacidad económica”.
·          
-Ah, pues ya está: ¡Me declaro insolvente!

-Lo siento, pero, una vez más, las cosas no funcionan así: la insolvencia del condenado no la declara él mismo, sino el Juez o Tribunal tras haber averiguado cuál es su patrimonio, (si tiene un salario, cuentas bancarias, bienes muebles o inmuebles, etc.) Sobre ésto, una última advertencia: Muchísimo cuidado si alguien esta pensando en poner sus bienes a nombre de otra persona para causar una falsa impresión de insolvencia, porque eso puede constituir un nuevo delito de alzamiento de bienes, de que ya hablaremos otro día.

3.- Pero es que cumplir a rajatabla los puntos anteriores tampoco nos garantiza obtener la suspensión de la condena. De manera que una vez que cumplimos esos requisitos, llega el momento en que el Juez se plantea si nos concede o no dicha suspensión

– Y ¿en qué se basa para decidir?

– El Código Penal dice que se basará en las circunstancias del delito cometido, las circunstancias personales del penado, sus antecedentes su conducta posterior a los hechos (con especial atención al pago de la indemnización impuesta, circunstancias familiares y sociales y en los efectos que quepa esperar de la suspensión de la ejecución de la pena. Esto, en cristiano supone que las probabilidades de obtener la suspensión son menores si el delito se ha cometido con el uso de cualquier tipo de violencia o el delito reviste especial gravedad a juicio del órgano judicial o si el condenado los tiene otros procedimientos judiciales abiertos, incluso aunque no haya sido juzgado, ni mucho menos, condenado.

Moraleja: aunque el delito que le imputan tenga pena inferior a dos años, sigue siendo igualmente imprescindible preocuparse por seguir la mejor estrategia de defensa posible que maximice las posibilidades de obtener una sentencia absolutoria o, en el peor de los casos, obtener la suspensión de la condena impuesta, aportando los argumentos y motivos más convincentes para el Juez o Tribunal decida concederla.